Hoy compartimos la STJUE de 4 de marzo de 2021 (C-362/19 P, Comisión Europea contra FC Barcelona y el Reino de España).

En ella, se estima el recurso de casación presentado por la Comisión Europea y se anula la sentencia del Tribunal General de 26 de febrero de 2019 (T-865/16) y la Decisión (UE) 2016/2391 de la Comisión, de 4 de julio de 2016. 

Considera que la medida controvertida se refiere a un régimen de ayudas, dado que las disposiciones fiscales específicas aplicables a las entidades sin ánimo de lucro pueden beneficiar a cada uno de los clubes de fútbol que pueden acogerse a ella, definidos de forma genérica, por un período indefinido y un importe ilimitado.

Además, estima que el TG incurrió en un error de Derecho al formular sus conclusiones en relación con el alcance de las obligaciones de la Comisión respecto de la prueba de la existencia de una ventaja.

Anulada la sentencia, el TJUE determina que el litigio está en estado de ser resuelto y entra a resolverlo. Habida cuenta de que el TG desestimó el primero de los motivos alegados, el TJUE desestima los otros cuatro motivos formulados en primera instancia. En consecuencia, se desestima el recurso interpuesto por el FC Barcelona. 

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